Revisión del crédito
Comprende el origen de los saldos y la información que los respalda.
Revisamos contigo los saldos generados por retenciones de IVA y te acompañamos en la preparación del trámite ante el SRI.

El crédito tributario originado por retenciones de IVA puede ser objeto de devolución cuando se cumplen las condiciones aplicables. La posibilidad de solicitarla depende de las circunstancias de cada contribuyente.
Revisamos declaraciones y comprobantes de retención, orientamos sobre los respaldos aplicables y acompañamos la preparación de la solicitud. El reconocimiento del valor corresponde al SRI.
Personas y empresas con saldos de crédito tributario originados por retenciones en la fuente de IVA que desean revisar la posibilidad de solicitar su devolución.
Cada caso es diferente. Conocemos tus necesidades para orientar el trabajo de acuerdo con tu situación.
Comprende el origen de los saldos y la información que los respalda.
Prepara declaraciones, comprobantes y demás soportes aplicables.
Recibe orientación durante la preparación y presentación de la solicitud.
Cuéntanos tu situación, objetivos y las preguntas que quieres resolver.
Analizamos la información disponible y acordamos el alcance del acompañamiento.
Desarrollamos el servicio acordado y te mantenemos informado sobre los siguientes pasos.
Las circunstancias de cada persona y empresa son distintas. Si necesitas orientación, conversemos sobre tu caso.
Depende del origen del crédito y del cumplimiento de los requisitos aplicables. Revisamos cada caso antes de iniciar el trámite.
Generalmente se revisan declaraciones y comprobantes de retención; los requisitos concretos dependen del procedimiento y del caso.
No. La solicitud está sujeta a la revisión y resolución de la autoridad tributaria.
Consulta información complementaria en los organismos oficiales.
Cuéntanos qué necesitas. Estamos listos para ayudarte a encontrar el siguiente paso.